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2 de febrero de 2024

Agencia Uno
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43 comunas se beneficiarán por Fondo de Comunas Mineras del royalty minero

​​Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.

​​Este miércoles, el Gobierno reveló la lista de 43 comunas de seis regiones que se beneficiarán del Fondo Puente de Comunas Mineras, una iniciativa destinada a anticipar recursos equivalentes al 50% de lo establecido en la Ley de Royalty. El monto asignado asciende a $22.891 millones, replicando la estructura del Fondo de Comunas Mineras creado con el Royalty, pero adelantando los ingresos desde 2025 a 2024.​​​​​

​Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.

​Las comunas beneficiadas por el royalty abarcan diversas regiones:

​Tarapacá:
  • Iquique.
  • Pozo Almonte.
  • Pica.

Antofagasta:

  • ​Antofagasta.
  • Mejillones.
  • Sierra Gorda.
  • Taltal.
  • Calama.
  • Ollagüe.
  • San Pedro de Atacama.
  • Tocopilla.
  • María Elena.

Atacama: 

  • Caldera.
  • Chañaral.
  • Copiapó.
  • Diego de Almagro.
  • Freirina.
  • Huasco.
  • Tierra Amarilla.
  • Vallenar.

Coquimbo:

  • ​La Serena.
  • Coquimbo.
  • Andacollo.
  • La Higuera.
  • Illapel.
  • Canela.
  • Los Vilos.
  • Salamanca.
  • Combarbalá.
  • Punitaqui.

Valparaíso:

  • Puchuncaví.
  • Los Andes.
  • Calle Larga.
  • Cabildo.
  • Petorca.
  • Nogales.
  • Catemu.

​O’Higgins:

  • ​Rancagua.
  • Coltauco.
  • Doñihue.
  • Machalí.
  • Requínoa.
  • Litueche.

​El ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó que los recursos entregados en 2024 serán duplicados a partir de 2025, permitiendo la planificación a mediano plazo y no limitándose a inversiones anuales.

​El Fondo Puente de Comunas Mineras estará destinado a los municipios de comunas mineras que albergan refinerías, fundiciones, yacimientos y depósitos de relave activo asociado a explotadores mineros sujetos al Impuesto Específico a la Minería durante el año tributario 2023. También incluirá a comunas pertenecientes a regiones mineras con relaves abandonados prioritarios o puertos cuya actividad esté mayoritariamente vinculada a la minería.

​Para determinar las zonas beneficiadas, una mesa de trabajo compuesta por el Ministerio de Hacienda, la Subsecretaría de Desarrollo Regional, la Comisión Chilena del Cobre y Sernageomin evaluó durante cinco meses, estableciendo que las comunas debían cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:

  • ​Poseer yacimientos mineros operados por empresas sujetas al Impuesto Específico a la Minería (IEM) durante el año tributario 2023. Se consideran minas a rajo abierto, minas subterráneas y pozos de extracción, en estado activo, paralizado por medida provisional, o irregular operativo.
  • Tener refinerías y/o fundiciones operadas por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023. Las instalaciones deben estar activas, paralizadas por medida provisional, o irregular operativa.
  • Poseer relaves activos operados por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023, incluyendo dentro de esta categoría los relaveductos.
  • Tener relaves abandonados de carácter prioritario. Para ser considerado prioritario, el relave abandonado debe estar a menos de un kilómetro del centro de una zona urbana (ciudad o pueblo).
  • Poseer puertos cuyas exportaciones mineras representen más del 50% del total de exportaciones.
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