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24 de mayo de 2023

Nueva ley de pago efectivo de deuda de pensiones de alimentos

Desde el sábado 20 de mayo, entró en vigencia la Ley 21.484, sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos, la cual permitirá que los tribunales con competencia en Familia puedan investigar, retener y pagar lo adeudado con fondos que mantengan las personas deudoras

Juzgado de FamiliaEljaher Pereira Núñez

Esta nueva norma incorpora diversas y variadas medidas para exigir el pago, como la retención de fondos de cuentas bancarias u otros instrumentos financieros o de inversión y establece que el juez no podrá admitir a tramitación las demandas de rebaja o cese de alimentos de aquellos deudores que tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, todo ello con el fin de facilitar la presentación de solicitudes de inicio del procedimiento de cobro, al tribunal respectivo, el Poder Judicial habilitará un nuevo trámite fácil en la Oficina Judicial Virtual: https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl , también disponible en la página de Trámite Fácil: https://tramitefacil.pjud.cl

​En el mismo sitio se encuentra implementada la solicitud para convertir el monto de la pensión adeudada a Unidades Tributarias Mensuales (UTM), con el fin de agilizar el proceso de liquidación automatiza de la deuda. El trámite lo debe realizar la parte alimentaria, si sus alimentos fueron aprobados o decretados antes del 18 de noviembre de 2021 y aún no solicita la conversión.

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